Desde 2024 es obligatorio gestionar y financiar la recogida y reciclaje de envases monouso para Horeca. El nuevo Real Decreto liberaliza el servicio hasta ahora realizado en exclusiva por Ecoembes, fomentando la competencia e impulsando una gestión de residuos más eficiente.
En 2022 entró en vigor el Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases, marcando un hito en la regulación ambiental en España. Este decreto tiene como objetivo principal la prevención, reducción y gestión adecuada de los residuos de envases a lo largo de todo su ciclo de vida. Además de promover el reciclaje y la reutilización de envases, este decreto establece nuevas obligaciones para los envasadores y agentes implicados en la puesta en el mercado de productos envasados, adaptándose a las directrices europeas sobre economía circular.
Entre las novedades más destacadas se encuentra la liberalización del mercado de los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP), hasta ahora gestionado principalmente por una única entidad, ECOEMBES.
Esta liberalización supone el fin de su exclusividad, ofreciendo a las empresas más alternativas para gestionar la recogida y reciclaje de los residuos de envases. Con este cambio, los operadores de Horeca tienen la posibilidad de elegir entre diferentes sistemas, lo que fomenta la competencia y el impulso de una mayor eficiencia en la gestión de residuos.
La duración del contrato con los SCRAP debe ser como mínimo anual y relativo a un año natural, abonando una cuota de pago que dependerá de la cantidad de envases puestos en el mercado durante el periodo correspondiente. Si bien la adhesión a un SCRAP puede realizarse en cualquier momento del año, es necesario solicitar el cambio con al menos tres meses de antelación a la finalización del año en curso.
Más obligaciones del Real Decreto a tener en cuenta
Uno de los cambios que establece la nueva normativa es la obligación de los envasadores de asumir la recogida y posterior tratamiento de los envases de servicio (aquellos destinados al consumo directo). No obstante, el Real Decreto 1055/2022 ofrece a los envasadores la posibilidad de acordar con los fabricantes o importadores que sean ellos quienes asuman dichas responsabilidades financieras y de gestión.
Se considera envasador al titular del comercio que suministre este tipo de envases al consumidor o usuario final. Un importador o adquiriente comunitario es aquel que introduce en España comida envasada y que ha sido elaborada fuera de nuestras fronteras.
Por otro lado, los envasadores, importadores y adquirientes están obligados a registrarse en el Registro de Productores de Producto gestionado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). El número de registro debe aparecer en las facturas y en cualquier otra documentación que acompañe a las transacciones comerciales de productos envasados, desde su puesta en el mercado hasta los puntos de venta.
Greensource packaging sostenible
En este marco, Greensource by Bunzl pone a su disposición una gran cantidad de envases, fabricados de diferentes materiales que cumplen con este Real Decreto 1055/2022. Gran surtido de productos responsables con el medio ambiente que incorporan innovación y versatilidad para todo tipo de contenidos y servicios. Todos los procesos y productos buscan la reducción del impacto medioambiental.
Los productos Greensource by Bunzl disponen de las correspondientes certificaciones oficiales, según corresponda a las características de los materiales utilizados. Son compostables de acuerdo con la Norma EN13432. Certificación de origen de bosques sostenibles según FSC. Porcentaje de material reutilizado post-consumo en los productos fabricados de rPET. Marcado de los vasos que se rigen por la Normativa Europea SUP 2019/904.
Reducir, reutilizar y reciclar forman parte del consumo responsable que es compromiso de Bunzl Distribution Spain.
Bunzl Distribution Spain
Responsable Food Service Packaging